Cálculo de los beneficios para los trabajadores lesionados
El poder legislativo del estado establece el monto de los beneficios. La fecha del accidente determina los beneficios que se van a pagar. Si usted recibe beneficios temporarios por incapacidad, el 1º de julio de cada año se hace un ajuste al costo de vida. Consulte más adelante la
Tabla de beneficios.
Recuerde, para recibir este beneficio, un médico primario o una enfermera o enfermero practicante autorizado debe verificar que usted está físicamente incapacitado para trabajar.
Plazos de tiempo
Si SAIF ha recibido notificación de la lesión, el primer cheque se enviará a más tardar 14 días después de la fecha en que usted informa la lesión a su empleador y se ve incapacitado para trabajar debido a la lesión (a menos que la reclamación se rechace para el 14º día). Los cheques siguientes se enviarán cada dos semanas.
Tipos de beneficios
Hay varios tipos de beneficios que se pagan para reemplazar el sueldo o la pérdida de ingreso:
Incapacidad total temporal (TTD)
Cuando un médico primario o enfermera o enfermero practicante autorizado le autoriza a faltar al trabajo durante su recuperación, los beneficios que usted recibe se denominan beneficios por incapacidad total temporal. Si se autorizan, los beneficios por el tiempo perdido de trabajo se pagarán durante el tiempo en que se difiera la reclamación y luego continuarán si la reclamación se acepta. Si la reclamación se niega, los beneficios se detendrán a partir de la fecha en que se negó la reclamación.
El monto que usted recibe se determina en base a su sueldo semanal promedio. Hay beneficios bisemanales mínimos y máximos.
Incapacidad suplementaria
Si al momento de lesionarse tenía otros trabajos sujetos a la ley de compensación para trabajadores de Oregón, usted podría ser elegible para recibir pagos adicionales por incapacidad. Debe notificarnos sobre los otros trabajos dentro de los 30 días de que recibamos la reclamación inicial, y debe proporcionarnos una prueba de los sueldos que le pagaron en los otros trabajos: Talones de pago o registros de nómina.
Incapacidad parcial temporal (TPD)
Mientras se recupera de su lesión o enfermedad, su médico puede permitirle que reanude parte del trabajo. Si cuando regresa al trabajo de transición no está ganando el sueldo semanal promedio que ganaba antes de lesionarse, usted es elegible para recibir beneficios por incapacidad parcial temporal. Estos beneficios continuarán mientras se esté recuperando y no le permitan regresar a su trabajo regular, mientras no esté ganando su sueldo completo y su reclamación esté abierta.
Incapacidad parcial permanente (PPD)
Cuando se determine que usted está médicamente estacionario su reclamación estará lista para ser cerrada. Se le hará un examen para determinar si usted tiene una pérdida permanente del uso o la función como resultado de la lesión. Para calcular los beneficios, esta pérdida permanente de la función se determina como un porcentaje del deterioro de todo el cuerpo.
Incapacidad total permanente (PTD)
Si usted no puede regresar a ninguna forma de empleo remunerado y adecuado que tenía en el pasado, podría calificar para beneficios PTD. Estos beneficios se basan en el sueldo semanal promedio que tenía en el momento en que se lesionó, pero se pagan mensualmente en lugar de bisemanalmente. Por lo general, estos son beneficios para lesiones importantes y graves, tales como paraplejia, cuadriplejia o lesiones cerebrales traumáticas.
Beneficios por muerte o para sobrevivientes
Cuando un trabajador sufre una lesión mortal en el trabajo y deja a un cónyuge o pareja doméstica registrada, a hijos dependientes o a otro beneficiario calificado, ellos recibirán beneficios si se acepta la reclamación. Estos beneficios también incluirán una asignación para gastos de entierro.
| En vigencia desde el 1º de julio de 2008 al 30 de junio de 2009 |
| Incapacidad Total Temporal (TTD) |
| Trabajador lesionado |
66-2/3% del sueldo pagado semanalmente |
| Máximo |
$2,129.60 bisemanalmente |
| Mínimo |
90% del sueldo o $100 bisemanalmente, lo que sea menor |
| Incapacidad Parcial Permanente (PPD) |
| Deterioro |
Porcentaje de deterioro de todo el cuerpo x 100 x Sueldo semanal promedio de Oregón ($800.60). |
|
Incapacidad para trabajar
(No puede regresar al trabajo regular debido a la lesión o enfermedad aceptada).
|
- Porcentaje de deterioro de todo el cuerpo + factor por edad, educación y adaptabilidad x 150 x Sueldo semanal del trabajador.
- Factor de sueldo máximo del trabajador = 133 por ciento del Sueldo semanal promedio de Oregón ($1,064.80).
- Factor de sueldo mínimo del trabajador = 50 por ciento del Sueldo semanal promedio de Oregón ($400.30).
Nota: Los trabajadores podrían calificar para recibir beneficios por Deterioro e Incapacidad. |
| Incapacidad Total Permanente (Fecha de la lesión en o después del 1º de enero de 2005) |
| Trabajador lesionado |
66-2/3% del sueldo pagado mensualmente |
| Máximo |
$3,482.61 / mes |
| Mínimo |
90% del sueldo o $217.50/mes, lo que sea menor. |
| Cónyuge e hijos después de la muerte de PTD |
Igual que el beneficio por muerte dado abajo |
| Muerte |
| Cónyuge o pareja doméstica registrada |
$2,321.86 / mes |
| Cada hijo |
$348.26 / mes |
| Máximo para cónyuge e hijos |
$4,643.36 / mes |
| Cada hijo (cuando no se paga beneficio al cónyuge) |
$870.65 / mes |
| Asignación para entierro |
$8,006.00 |
| Asignación para segundas nupcias (basado en 36 x beneficio mensual) |
$83,586.96 |
| Sueldo semanal promedio de Oregón |
| |
$800.60 |